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3 de diciembre de 2019

Es una burla la condena destinada para pederastas en Oaxaca

Menos de 5 años de cárcel
La sanción con menos de cinco años de cárcel a una persona del sexo masculino que abusó sexualmente de una niña de cuatro años de edad, causó indignación ciudadana al considerarla absurda ante la gravedad del hecho, más aún cuando el Código Penal de Oaxaca sanciona de manera más severa el robo de vehículo que este delito sexual.

A través de un comunicado la fiscalía de Oaxaca señaló que resultado de las investigaciones, lograron una sentencia condenatoria de 4 años 8 meses y el pago de una multa de 38 mil pesos por parte del acusado identificado como B.L.P.

La carpeta de investigación 125/FVCE/EJUTLA/2019 fue el pasado 14 de abril de 2019 alrededor de las 22:00 horas al interior del domicilio de la víctima cuando ocurrió el ataque. El imputado llevó a la niña a acostar y ahí abusó sexualmente de ella.

Mientras que el artículo 357 Bis castiga con pena de ocho a catorce años de prisión y multa de quinientos a mil días de salario mínimo a quien cometa el delito de robo de vehículo, el artículo 241 que sanciona el abuso sexual con penas de dos a cinco años de prisión y multa de cincuenta a doscientos días de salario mínimo.

La penalidad sigue siendo mejor incluso cuando se comete en contra de menores de edad.

El Código Penal indica que “cuando el delito fuera cometido contra persona menor de doce años, incapaz o cuando se realice en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o por cualquier causa no pueda resistirlo, la pena será de siete a doce años de prisión y multa de trescientos a setecientos días de salario mínimo. A los autores y partícipes del delito previsto en este párrafo no se les concederá ningún beneficio preliberacional en la ejecución de la sentencia”.

De enero a septiembre, según cifras oficiales de la Procuraduría Estatal de Protección a los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes de Oaxaca, se habían registrado al menos 100 casos, la víctima de menor edad fue de 11 meses.

Las personas que generalmente incurren en este delito son generalmente el padre, padrastro, tío, abuelo, primos, profesores o vecinos, es decir personas cercanas. De cada 100 casos que se registran de abuso sexual infantil, al menos seis se cometen en niñas.

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